Brasil: Reglamentación sobre Equipos de Radiocomunicaciones de Radiación Restricta


Autor: Diana Tomimura, Agência Nacional de Telecomunicações (ANATEL), Brasil, Junio 2010


En julio de 2008, Anatel publicó el Reglamento sobre Equipos de Radiocomunicaciones de Radiación Restricta, aprobado por la Resolución N º 5061. Este Reglamento especifica las características de los equipos de radiación restricta y establece las condiciones para el uso de radiofrecuencias para que estos equipos se pueden utilizar sin licencia para el funcionamiento de estación e independiente de otorga de autorización de uso de radiofrecuencias, de conformidad con el art. 163, § 2, I, de la Ley N º 9472, de 16 de julio de 1997.

Condiciones generales

Estaciones de Radiocomunicaciones asociados a los equipos de radiación restricta operan en carácter secundario, lo que significa que estos no podrán solicitar protección y no deberán producir interferencias perjudiciales a servicios de comunicaciones electrónicas que operan en carácter primario.

Equipos de radiación restricta que causen interferencias perjudiciales a cualquier sistema operativo, en carácter primario, dejaran de funcionar de inmediato hasta que la causa de la interferencia sea eliminada.

Los equipos de radiación restricta que operen de conformidad con las disposiciones establecidas en la Resolución N º 506 deberán llevar una certificación expedida o aprobada por Anatel, en los términos de las directivas en vigor.

Bandas de Frecuencia Restringidas

El uso de equipos de radiación restricta se prohíbe en las bandas de frecuencia que se indican en la Tabla I. En estas bandas, sólo se permitirá las emisiones no esenciales de los equipos de radiación restricta que operan en otra banda.

Bandas de frecuencia restringidas
MHz Mhz Mhz Ghz
0.090-0.11013.36-13.41399.9-4105.35-5.46
0.495-0.50516.42-16.423608-6146.65-6.6752
2.1735-2.190516.69475-16.69525952-12158.025-8.5
4.125-4.12816.80425-16.804751 300-1 4279.0-9.2
4.17725-4.1777521.87-21.9241 435-1 646.59.3-9.5
4.20725-4.2077523.2-23.351 660-1 71010.6-11.7
6.215-6.21825.5-25.671 718.8-1 722.212.2-12.7
6.26775-6.2682537.5-38.252 200-2 30013.25-13.4
6.31175-6.3122573-74.62 483.5-2 50014.47-14.5
8.291-8.29474.8-75.22 655-2 90015.35-16.2
8.362-8.366108-1383 260-3 26720.2-21.26
8.37625-8.38675149.9-150.053 332-3 33922.01-23.12
8.41425-8.41475156.52475-156.525253 345.8-3 352.523.6-24.0
12.29-12.293156.7-156.94 200-4 40031.2-31.8
12.51975-12.52025242.95-2434 800-5 15036.43-36.5
12.57675-12.57725322-335.4Por encima de 38.6

Excepcionalmente, los sistemas de comunicaciones médicos de implante (MICS) están autorizados a operar en la banda de 402 a 405 MHz, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en la Resolución N º 506 de Anatel.

Limites generales de emisión

Salvo cuando se indique expresamente lo contrario en la Resolución N º 506 de Anatel, las emisiones de equipos de radiación restricta no podrán ser superior a los niveles de intensidad de campo especificados en la Tabla II

TABLA II

Limites generales de emisión
Frecuencia (MHz) Intensidad de campo (µV/m) Distancia de medición (m)
0.009-0.490 2 400/f (kHz) 300
0.490-1.705 24 000/f (kHz) 30
1.705-30.0 30 30
30-88 100 3
88-216 150 3
216-960 200 3
Más de 960 500 3


Límites de intensidad de campo, medidos a 3m de distancia, para equipos que funcionan dentro de las bandas 902-907.5 MHz, 915-928 MHz, 2 400-2 483,5 MHz, 5 725 a 5 875 y 24.00-24.25 GHz

TABLA III

Limites de intensidad de campo
Frecuencia Fundamental Intensidad de campo de la frecuencia fundamental (µV/m) Intensidad de campo de los armónicos (µV/m)
902-907.5 MHz 50 500
915-928 MHz 50 500
2.400-2.483,5 MHz 50 500
5.725-5.875 MHz 50 500
24.00-24.25 GHz 250 2.500

Limites alternativos de emisión

Límites alternativos de emisión son definidos para equipos de radiación restricta de aplicaciones específicas que operen en determinadas bandas de radiofrecuencias.

Cada sección de la Resolución N º 506 de Anatel corresponde a un sistema de radiocomunicaciones.

Sección Sistema
I Dispositivos de Operación Periódica
II Equipos de Tele medición y Micrófono Inalámbrico
III Equipos de Tele medición Biomédica
IV Equipos de Tele medición de características de los materiales
V Emisor-sensor de variación de Campo Electromagnético
VI Dispositivo de Auxilio Auditivo
VII Sistemas de Teléfono Inalámbrico
VIII Sistemas de Ramal Inalámbrico CPCT
IX Equipos Utilizando Tecnología de Espectro Ensanchado u otras Tecnologías de Modulación Digital [1]
X Sistema de Acceso Inalámbrico en Banda Ancha para Redes Locales.[2]
XI Equipos de Localización de Cables
XII Sistemas de Identificación por Radiofrecuencias (RFID)[3]
XIII Sistemas de Telecomando
XIV Sistemas de Radiocomunicaciones de Uso General
XV Sistemas Radio de Baja Potencia Operando en 19 GHz
XVI Sistemas de Sonorización Ambiental
XVII Sistemas Operando en la Banda de 57-64 GHz
XVIII Equipo Bloqueador de Señal de Radiocomunicaciones

Enlaces relacionados