Interferencias
Uno de los aspectos fundamentales que afecta a la gestión del espectro radioeléctrico son las interferencias. En un sentido amplio, las interferencias se definen como el efecto de una energía no deseada sobre la recepción en un sistema de radiocomunicación, lo que provoca una degradación de la calidad, falseamiento o pérdida de información respecto a la que se podría obtener en ausencia de la misma. Las interferencias pueden ser debidas a muy diversos motivos: otras emisiones, radiaciones, inducciones o cualquier combinación de las anteriores.
No obstante, hay personas con autoridad que discrepan y sostienen que las interferencias no son un hecho natural, sino una consecuencia de cómo hemos utilizado históricamente la tecnología en la recepción y demodulación.[1]
Desde el punto de vista de la gestión del espectro tal como la conocemos hoy, dentro de las interferencias cabe distinguir varios tipos. En primer lugar, existen las llamadas interferencias admisibles, que son aquellas interferencias observadas o previstas que satisfacen los criterios cuantitativos de interferencia y de compartición que figuran en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU) o en acuerdos especiales previstos en dicho reglamento. Estas interferencias no ponen en riesgo el buen funcionamiento de los distintos servicios, puesto que se han tenido en cuenta en la fase de diseño de los mismos.
En segundo lugar están las interferencias aceptadas. Estas son interferencias de mayor nivel que las definidas como admisibles, pero que son acordadas explícitamente entre dos o más administraciones[2]. Su efecto es tal que no degrada la prestación de los servicios en cuestión y típicamente simplifica la prestación de los mismos.
Por último, las interferencias perjudiciales[3] son aquellas que suponen un riesgo para el funcionamiento de algún servicio que usa el espectro radioeléctrico. En la práctica significa que se degrade u obstruya gravemente o interrumpa de forma repetida un servicio radio que funcione de conformidad con la reglamentación comunitaria o nacional aplicable.
Así, uno de los mecanismos que siempre se tiene en cuenta en la planificación de los servicios atribuidos a las distintas bandas del espectro es la dedicación de ciertas zonas del espectro como "zonas de guarda" que separen las distintas transmisiones. Su finalidad es limitar el efecto de posibles interferencias perjudiciales entre comunicaciones que se realicen en bandas de frecuencias cercanas. Por tanto, dichas bandas de guarda deberán ser lo suficientemente amplias como para proteger a las emisiones vecinas de interferencias entre sí. Al mismo tiempo, dedicar demasiado espectro a estas bandas vacías entra en conflicto con la eficiencia en el uso del mismo.
También es preciso que las estaciones operen en los ragos de potencia y con el tipo de antena para los que se diseñaron y autorizaron; téngase en cuenta que de superarse los limites de potencia la señal y sus productos de intermodulación serán mayores y podrian causar interferencias. En sentido contrario una potencia inferior a la prevista puede dificultar la recepción.
Respecto a las implicaciones en los modelos de política de gestión del espectro, parece que el modelo actual, caracterizado por la cuidada planificación del uso de cada banda, garantiza de forma efectiva que las interferencias se mantienen dentro de los límites tolerables y, por consiguiente, se asegura que no impiden el buen funcionamiento de los distintos servicios que usan el espectro radioeléctrico. Sin embargo, un cambio de modelo en la gestión del espectro (mediante, por ejemplo, la introducción de herramientas de gestión de espectro orientadas a mercado, como la creación de un mercado secundario o la liberalización del uso del espectro) podría poner en peligro esta garantía. Se hace necesario que, de producirse este cambio con la consiguiente relajación de la regulación ex-ante, se incremente la vigilancia ex-post y, en cualquier caso, siempre deberían existir condiciones mínimas de no interferencia entre servicios. El balance entre la planificación al mínimo detalle del uso del espectro y la asignación por parte del mercado de los usos más convenientes, tiene mucho que ver con que las posibles interferencias no impidan el funcionamiento de los sistemas radio.
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- ↑ Lea, por ejemplo, The myth of interference de David Reed que afirma: Interference isn't a fact of nature. It's an artifact of particular technologies, o su artículo More to the radio spectrum than meets the ear donde dice: Interference is a radio being confused and not being able to decode the signals, y su presentación sobre este asunto al FCC, titulada Why Spectrum isn’t like property
- ↑ Sin perjuicio hacia otras administraciones.
- ↑ Según la definición del AnexoII de la Ley General de Telecomunicaciones de 2003 de España
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