Radiodifusión


Para la RAE, radiodifusión es “emisión radiotelefónica destinada al público” y también el “conjunto de los procedimientos o instalaciones destinados a esta emisión”. Transmisión de sonido y destinatario indeterminado son las dos premisas. La tercera característica, la determinación explícita de que la emisión ha de ser vía ondas hercianas, está ligada a la que se podría denominar radio convencional, y convierte la definición en obsoleta o, al menos, en incompleta.

En efecto, no todos los sistemas de radio digital (radio digital terrenal, radio digital por satélite y radio por Internet) se transmiten por vía inalámbrica. Estos sistemas han supuesto una evolución tecnológica de la tradicional radio analógica y han introducido las ventajas derivadas de la digitalización de la señal: importante aumento de calidad respecto a las emisiones tradicionales, ahorro de ancho de banda en la transmisión y posibilidad de enriquecer la mera transmisión de audio con otros servicios adicionales.

Referencias