Real Decreto Ley 6/2000


REAL DECRETO-LEY 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.

Artículo 34. Limitación a la participación en más de un operador principal.

El artículo 34 establece una serie de limitaciones para los accionistas en el ejercicio de los derechos sociales en más de un operador principal del mismo mercado de referencia (entre los que se encuentran el de telefonía fija y el de telefonía móvil), así como una serie de medidas a adoptar por parte de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, entre otros organismos, para hacer efectivas dichas limitaciones, excepcionar su aplicación en determinados casos y proponer al Ministro de Economía y Hacienda sanciones por su eventual incumplimiento.

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